Ninoska Brito Montero no irá a la prisión por haber enviado una caja de brownies con marihuana a las mujeres que se manifestaban en el campamento por Las 3 Causales, sin embargo, deberá pagar una fianza de RD$500 mil pesos, tendrá presentación periódica y no podrá salir del país.
Esto fue lo que dictaminó la jueza Lisa Veras, de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, luego de conocer la solicitud de medida de coerción de la imputada, contra quien el Ministerio Público estaba pidiendo prisión preventiva.
La abogada Laura Acosta, quien representó a Sergia Galván, Mairení Montero y Wendy Abreu, mujeres que resultaron afectadas por el consumo de los bizcochos de chocolate mezclados con la droga, manifestó que respeta el dictamen del tribunal, el cual consideró como “una decisión garantista”.
“Fue una decisión garantista, pues la medida de coerción tiene como finalidad garantizar la presencia del imputado durante el proceso. La jueza tomó en consideración su nivel académico, su entorno social y la magistrada entendió que había otra medida menos gravosa que podría garantizar su presencia en el proceso”, expresó Laura Acosta.
Los hechos
De acuerdo con el Ministerio Público, para cometer el hecho el pasado mes, la imputada solicitó los servicios de delivery a la empresa “Hugo App” desde su teléfono celular.
Cuando el repartidor llegó a la dirección indicada en la solicitud de servicio, Ninoska Brito Montero le entregó los brownies en una caja marrón con cinta verde y con un sobre del mismo color, con un mensaje manuscrito que expresa lo siguiente: “Para: Sergia Galván, #Las Causales Van” y en la tarjeta el mensaje: “Juntas Podemos! ¡Apoyando desde la distancia… Gracias por su lucha! María Teresa Alcántara”.
Ninoska Brito Montero fue arrestada en virtud de la orden judicial de arresto No. 221-MAYO-2021, emitida por la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional.
Según el expediente, instrumentado por el Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona de la Fiscalía del Distrito Nacional (Homicidios) y firmado por el fiscal Vladimir Viloria, la solicitud de prisión preventiva se hacía en virtud de que la imputada no cuenta con el arraigo suficiente para descartar el peligro de fuga.
El Ministerio Público le ha otorgado al presente hecho la calificación jurídica de violación al artículo 317 párrafo 2, del Código Penal Dominicano y los artículos 156 numeral 3 de la Ley 42-01 General de Salud, así como los 6 y 75 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Contraladas.