Primero veamos la definición de Gravamen:
1. Impuesto que se aplica sobre un inmueble, una propiedad o el caudal de una persona.
2. Obligación o impuesto que pesa sobre los bienes de una persona.
La Dirección General de Aduanas (DGA) cobrará un gravamen de 20% a las importaciones de celulares, tras suspender la medida administrativa que autorizaba cobrar un 3%.
La DGA instruyó a los administradores aduaneros, subadministradores, encargados de revisión o comités técnicos, encargados de depósitos y almacenes oficiales de Aduanas a cobrar el gravamen de 20%, establecido en la Ley 146-00 y modificaciones, de aranceles vigentes, a los teléfonos celulares.
Asimismo, a través de una circular, número 001230, pide dejar sin efecto los circulares números 003327 de 21 de febrero de 2005 y la 003388 de 26 de enero 2007.
“Se les instruye para que, con efectividad al lunes 28 de enero del año en curso, se cobre el gravamen de 20% a las declaraciones de importación que contengan teléfonos celulares (móviles), comprendidos en la sub partida arancelaria 8517.12.00”, explica el documento.
El director de Aduanas, Enrique Ramírez, indica que dichos dispositivos están pagando un arancel efectivo de 3% en base a las disposiciones administrativas provisionales indicada en la referencia, adaptadas circunstancialmente por la institución atendiendo razones que se consideraron pertinentes en el momento que se asumieron y que asegura han sido superadas.
“Desapareciendo las razones que justifiquen mantener su aplicación”, expresó Enrique Ramírez, directos de DGA.
El documento detalla que la presente deja sin efecto las circulares anteriormente señaladas y cualquier otra medida que le sea contraria, tomando en cuenta que, de conformidad con el artículo 243 de la Constitución de la República, el régimen tributario está basado en los principios de legalidad, justicia, igualdad y equidad para que cada ciudadano pueda cumplir con el mantenimiento de las cargas públicas.