El ministro de Administración Pública advirtió a todos los funcionarios que está prohibido nombrar familiares como sus dependientes en las instituciones que ellos están presidiendo.
El licenciado Darío Castillo hizo el anuncio mediante un resolución enviada a todos los ministros, Contralor General de la República, Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, directores y administradores generales, para que tomen las medidas de lugar.
Además expresó que a los funcionarios y servidores públicos está prohibido «prestar servicios en la misma institución con sus conyugue o esposa, y que estén unidos por lazos de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado», según ordena la ley 41-08 de funciones Públicas.
El ministro Castillo expresó que espera que esas prácticas sean corregidas, según la resolución remitida a todas las dependencia gubernamentales.
Dijo que hizo el señalamiento con la finalidad de corregir practicas violatoria que vienen ocurriendo en las dependencias del Estado.