Dando cumplimiento a la ley 139-97, el Ministerio de Trabajo dio a conocer las fechas correspondientes a los días feriados del próximo año, 2022.
El año que viene los días feriados se aplicarán de la siguiente manera, según informó el organismo mediante un comunicado.
– Sábado 1 de enero, fecha de celebración del Año Nuevo, no se cambia.
– Jueves 6 de enero, día de los Santos Reyes, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de enero.
– Viernes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.
– Miércoles 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, se trabaja y se cambia para el lunes 24 de enero.
– Domingo 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional es inamovible.
También es inamovible el viernes 15 de abril, Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo
– Domingo 1ero. de mayo, día del trabajo, su carácter no laborable, se cambia para el lunes 02 de mayo.
– Jueves 16 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.
– De igual forma no se cambia el martes 16 de agosto, día de la Restauración de la República.
– Sábado 24 de septiembre, día de las Mercedes y el domingo 06 de noviembre, día de la Constitución, serán celebrados en sus fechas correspondientes.
– Domingo 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.